Mediante la presente resolución se modifica el universo de sujetos obligados a la presentación de la Declaración Anual de Predios, reduciendo el efecto de los costos de cumplimiento de dicha obligación; debido a que se ha detectado supuestos en los que no es necesario requerir su presentación.
De esta forma, los sujetos obligados a presentar la declaración son los que cumplen alguna de las siguientes condiciones:
– Ser propietarias de dos o más predios no inscritos en el Registro de Predios, cuyo valor total sea mayor a S/ 150 000,00 (ciento cincuenta mil y 00/100 soles).
– Ser propietarias de dos o más predios no inscritos en el Registro de Predios, siempre que al menos dos de ellos hayan sido cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica.
– Ser propietarias de un único predio no inscrito en el Registro de Predios, cuyo valor sea mayor a S/ 150 000,00 (ciento cincuenta mil y 00/100 soles), el cual hubiera sido subdividido y/o ampliado para efecto de cederlo a terceros a título oneroso o gratuito.