Mediante el presente Informe de fecha 25 de julio de 2018 y publicado en la página web de la Sunat el 13 de setiembre de 2018 , la Administración Tributaria ha concluido de la siguiente manera:
“Un contribuyente que actualmente emita comprobantes de pago electrónicos desde el SEE-Del Contribuyente, no está obligado a utilizar el estándar Universal Business Language (UBL) 2.1 desde el 1.7.2018, habida cuenta que dicho estándar será obligatorio para aquel recién a partir del 1.3.2019”.