Para recordar y tener muy en cuenta.
ANEXO 3
Cronograma Tipo B
Fecha máxima de atraso del registro de compras y del registro de ventas e ingresos
(sea generado mediante el SLE-PLE o el SLE-PORTAL)
Aplicable para contribuyentes obligados a llevar sus libros en forma electrónica a partir del año 2016 – Ver Notas 1 y 2
NOTA 1:
A partir de la segunda columna en cada casilla se indica : En la parte superior el último dígito del número de RUC, y en la parte inferior el día calendario correspondiente al vencimiento.
(*) En el caso del Registro de Compras se refiere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia.
En el caso del Registro de Ventas e Ingresos se refiere al Mes en que se emite el comprobante de pago respectivo.
NOTA 2 :
Las fechas máximas de atraso contenidas en este Cronograma se aplican a:
a) Los sujetos comprendidos en el numeral 2.3 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT.
b) Los sujetos que se designen como principales contribuyentes a partir de la entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 360-2015/SUNAT (p 31.01.2015 , vigente desde el 01.01.2016) y cuya incorporación al SLE- PLE surta efecto en el año 2016.
Base legal:
Artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 360-2015/SUNAT
FUENTE: SUNAT
http://www.sunat.gob.pe/orientacion/cronogramas/2016/cronoTipoB-LE-2016.html