Desde el 1 de enero del 2021 las entidades del sistema financiero tienen la obligación a reportar las cuentas de sus clientes a la SUNAT, tanto de personas naturales como jurídicas, cuyos saldos sean iguales o mayores a S/ 10,000, o su equivalente en moneda extranjera.
SUNAT SUPERVISARÁ CUENTAS BANCARIAS DESDE 10 MIL SOLES
por Carmen León Castañeda | Ene 7, 2021 | Blog | 0 Comentarios