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Hasta el próximo 31 de julio tienen plazo los contribuyentes para acceder al Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias (Fraes), que les permitirá descontar hasta en 90% las multas e intereses de las obligaciones pendientes de pago, incluso impugnadas o en cobranza coactiva.

El Fraes está dirigido a las personas con negocio y empresas que entre el 2012 y setiembre del 2016 obtuvieron ingresos menores a 2,300 UIT (9’085,000 soles considerando la UIT del 2016), las personas naturales y contribuyentes del Nuevo RUS y los omisos a la Declaración del IR del 2012 a setiembre del 2016.

Así, quienes cumplan con estos requisitos podrán acoger al Fraes la deuda y otros ingresos administrados por Sunat que al 30 de setiembre del 2016 se encuentren en reclamación, apelación, demanda contenciosa administrativa ante la judicatura o en cobranza coactiva.

El acceso al beneficio prevé un bono de descuento sobre las multas e intereses. Por tanto, los contribuyentes con deudas de hasta 395,000 soles obtendrán un bono de 90%; de hasta 7.9 millones de soles, de 70%; y quienes superen este monto, un bono de 50%.

El Fraes no comprende las deudas por aportaciones a la ONP y Essalud, las deudas incluidas en alguno de los procedimientos concursales al amparo de la Ley General del Sistema Concursal y normas modificatorias o procedimientos similares fijados en normas especiales ni los pagos a cuenta del IR 2016.

El acogimiento al Fraes permitirá la cancelación de la deuda al contado, cuyo abono podrá efectuarse al presentarse la solicitud de acogimiento y acceso al bono de descuento. En este caso, habrá un descuento adicional de 20%, que se aplicará sobre el saldo luego de considerar el bono de descuento.

Si el contribuyente optara por el pago fraccionado, podrá hacerlo hasta en 72 cuotas mensuales iguales, cuyo monto no podrá ser menor de 200 soles, excepto la última. La tasa de interés mensual será de 50% de la Tasa de Interés Moratoria (TIM).

Las cuotas vencidas o pendientes de pago podrán ser materia de cobranza coactiva; y si el contribuyente acumula tres o más cuotas vencidas, se procederá a cobrar la totalidad de la deuda.

Recomendaciones

Para acceder al Fraes, las personas naturales y las empresas deberán exigir al ente fiscal la actualización de la deuda hasta el 30 de setiembre del 2016 y presentar el formulario digital en la página web de la Sunat. Así lo recomendó el tributarista y socio de Barrios & Fuentes Abogados, David Zamora, quien agregó que la norma permite fraccionar hasta dos deudas por cada tipo de obligaciones con la Sunat.

En cada caso, se deberá elegir entre fraccionar la deuda hasta en 72 meses, pagando la mitad de los intereses moratorios, o al contado con un descuento adicional», dijo el experto en entrevista radial.

Fuente: Diario El Peruano

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